IEEE

Estatutos

 
Rama Estudiantil IEEE
Universidad Cooperativa de Colombia

 

 
La Rama estudiantil IEEE de la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Bogotá es reconocida por The Institute of Electrical and Electronics Enginners, INC.

Sección I.
Articulo 1. Del Nombre

En la institución la rama será conocida como Rama estudiantil IEEE de la Universidad Cooperativa Seccional Bogotá. Es una organización sin fines de lucro y se rige de acuerdo a los siguientes Estatutos y a las normas vigentes del IEEE.
De aquí en adelante se denominara imparcialmente IEEE-Cooperativa Bogotá ó Rama-Cooperativa Bogotá. Su duración es indefinida y tiene su domicilio en sede central de la Universidad Cooperativa de Colombia en Bogotá en la Av. Caracas Nº 37 – 63 Facultad de Ingeniería.

Articulo 2. De la Misión.
La Rama Estudiantil IEEE de la universidad Cooperativa de Colombia Seccional Bogotá pretende fomentar la prosperidad global para beneficio de la humanidad y las profesiones, mediante la promoción de los procesos de ingeniería, en la creación, desarrollo, integración, participación y aplicación del conocimiento de la informática, la ciencia electromagnética y la electro-tecnología.
La Rama Estudiantil IEEE es una organización sin ánimo de lucro perteneciente a los estudiantes que busca la integración de los programas de Ingeniería de la institución, generando en los estudiantes herramientas para el trabajo en equipo y el buen desarrollo académico de la universidad.

Articulo 3. De la Visión
La Rama estudiantil IEEE de la universidad Cooperativa de Colombia desea constituirse en una herramienta de éxito para todos sus miembros estudiantes de la universidad utilizando los recursos que brindan el IEEE y la universidad von el fin de lograr ser la más grande a nivel nacional, tanto en el campo académico como en el Laboral.

A nivel nacional como a nivel internacional tiene la visión de:

• Participar activamente en la organización y participación de todas las actividades de él IEEE y de la universidad tanto a nivel local como a nivel regional.

• Atraer y sostener a los estudiantes de los diferentes programas de la universidad.

• Posicionar la Rama estudiantil de la Universidad Cooperativa de Colombia como la más grande a nivel nacional y regional de él IEEE.

Articulo 4. De los Objetivos
La Rama estudiantil IEEE de la Universidad Cooperativa de Colombia tiene como objetivos:

1. Promover en los estudiantes de la institución la vinculación al IEEE y a sus diversas sociedades técnicas, y de igual manera a los diferentes grupos de afinidad.

2. Abrir y mantener capítulos en cada uno de los programas de la universidad.

3. Promover en los miembros de esta la participación activa en la totalidad de eventos que promueve la IEEE a nivel laboral como académico.

4. Brindarle a toda la comunidad estudiantil y profesional los conocimientos y experiencias, para hacer posible la actualización científica y tecnológica, teniendo como finalidad cubrir la creciente necesidad de afianzar la calidad profesional de los estudiantes de las diferentes áreas del conocimiento.

Sección II. De los Miembros.
Articulo 1. De la Membrecía
Puede acceder a la membrecía estudiantil o profesional IEEE a través de la RAMA de la Universidad Cooperativa de Colombia todos los estudiantes de Ingeniería, ciencia, tecnología ofrecidos por la UNIVERSIDAD o de otras universidades o institutos que no posean representación del IEEE.

Articulo 2. De los derechos de los miembros.

Son derechos de los miembros de la RAMA:

• Asistir y participar con derechos a voto en la Asambleas Generales.
• Formar parte de la Junta Directiva de acuerdo al reglamento.
• Participar en la vida institucional de la Rama.
• Utilizar los recursos de la Rama de acuerdo al reglamento vigente.
• Pertenecer al menos a un comité de trabajo.

Articulo 3. De Las Asambleas Generales.

La Asambleas Generales está conformada por la reunión de todos los miembros.
La Junta Directiva debe convocar a reunión de la Asamblea General una vez al mes, con el fin de informar a los miembros de las actividades de la Rama.
Para llevar a cabo la Asamblea se requiere, en primera convocatoria, la asistencia de la mitad más uno de los miembros de la rama. Esperar en segunda convocatoria media hora después, se realiza un segundo llamado y se realiza con los miembros presentes.

SECCIÓN III. DE LOS DIRECTIVOS DE LA RAMA

Los órganos responsables de la administración y organización de los asuntos de la Rama son:

• La Junta Directiva
• Coordinador de actividades
• Coordinador de membrecías
• Presidentes de Capítulos Técnicos Estudiantiles

Los órganos que brindan apoyo y orientación en los asuntos de la Rama son:

Consejero

Articulo 1. De La Junta Directiva.

La Junta Directiva está conformado por cuatro miembros estudiantes IEEE. Presidente, Vice-Presidente, Secretario, Tesorero.

Las funciones de la Junta Directiva son:

• Planificar las actividades y operaciones de la Rama.
• Verificar el cumplimiento de los Estatutos y los Reglamentos de la Rama.
• Designar los comités necesarios para la realización de las actividades previstas.


Las funciones específicas de cada integrante de la Junta Directiva son:

1.1 Del Presidente

• Administra la operación general de la rama.
• Preside todas las reuniones.
• Guía los comités.
• Se involucra en la planificación de las actividades.
• Prepara los reportes necesarios para el IEEE Student Services.
• Organiza las elecciones de nuevos directivos antes de dejar el puesto.
• Trabaja y se coordina con el consejero, mentor, SAC y decano en asuntos de la Facultad y Sección.
• Coordinar la participación de la rama en las actividades regionales.

1.2 Del Vice-Presidente.

• Preside el comité de membrecía.
• Monitorea el progreso de los programas de la rama.
• Ejerce como presidente cuando se requiere (o en ausencia del presidente).
• Responsable de la distribución de la correspondencia de la rama.

1.3 Del Secretario.

• Mantiene registro detallados de todas las actividades y reuniones de la rama.
• Maneja todas las comunicaciones de la rama, incluyendo los reportes a la oficina central de IEEE.
• Resguarda los formularios y papelería de IEEE además de los materiales requeridos.
• Publica un calendario de eventos para mantener todos los miembros informados de las actividades de la rama, y hace extensión al web máster.
• Asegura que todas las actividades se conduzcan bajo previsiones de la constitución actual de la rama y los estatutos de IEEE.
• Prepara el ordenado traspaso de todos los requisitos de la rama al próximo secretario.

1.4 Del Tesorero.

• Responsable de asegurar que todas las finanzas de la rama estén en orden.
• Realiza todos los depósitos en tiempo adecuado.
• Prepara el presupuesto al inicio del año fiscal.
• Prepara la declaración para el fin del año fiscal.
• Preside el comité de recaudación de fondos.
• Segunda firma junto con la del presidente.
• Prepara la transferencia de los registros contables ordenadamente al siguiente tesorero.
• Promueve actividades para recoger fondos para la rama.

Articulo 2. De los Coordinadores de Comités

Contribuyen a desarrollar un programa de actividades variado y de amplio alcance. Cada comité es dirigido por un coordinador que lleva a cabo funciones específicas y brinda los reportes correspondientes y debe convocar reuniones de seguimiento independientes para su orientación.

Las funciones específicas de cada integrante son:

2.7 Del Coordinador de Actividades

• Coordina las actividades sociales de la rama (deportes, festividades).
• Presenta informes financieros preliminares y al culminar cada evento.
• Designa responsabilidades dentro de su comité.
• Crea un registro de participación activa dentro de su comité.
• Asigna dentro de su comité un sub-coordinador de las actividades sociales.
• Incentiva la participación estudiantil en cualquier tipo de actividad con el fin de integrar a nuevos miembros de la Rama.

2.8 Del Coordinador de Membrecía

• Promueve la membrecía de la rama.
• Coordina el programa de incentivo Student-get A Student
• Plantea estrategias para aumentar la membrecía.
• Promueve los beneficios de la rama.
• Entrega los informes de membrecías en las reuniones de comités.
• Designa responsabilidades dentro de su comité.
• Crea un registro de participación activa dentro de su comité.

Articulo 3. De los órganos de apoyo en asuntos de la rama.

Está conformado por el consejero. Brindan apoyo, orientan y supervisan las actividades y decisiones de la rama.

Las funciones específicas son:

3.1 Del Consejero.

• Activo en IEEE, tutor para la rama y sus directivos.
• Debe ser profesor o trabajar en la Universidad Cooperativa de Colombia Seccional Bogotá.
• Nombrado por la RAMA.
• Termino normal de dos años, o reelecto.
• Informa a los miembros de la facultad sobre las actividades de la rama.
• Promueve los beneficios de la membrecía, premios y concursos.
• Trabaja de la mano con el SAC y el presidente de la Rama.

SECCIÓN IV. DE LAS ELECCIONES
Articulo 1. De la Junta Directiva.

La comisión electoral de la Rama será elegida en asamblea a realizarse durante la primera semana del mes de noviembre. La nueva Junta Directiva asumirá el cargo en la última semana del mes febrero. La duración de su gestión será por un periodo de un año.

1.1 De Los Candidatos.

La Junta Directiva propone a los candidatos que consideré idóneos para ocupar los cargos de la nueva Junta Directiva.

Pondrán ser candidato todos los miembros de la Rama, que hayan tenido participación constante en las actividades realizadas por la Rama y cuya membrecía estudiantil IEEE continúe vigente durante el siguiente periodo.

Los integrantes de la Junta Directiva vigente podrán ser propuestos como candidatos para un periodo inmediato adicional, con excepción del Presidente quien no puede formar parte de la Junta Directiva en el año siguiente al de su gestión.

Podrá ser postulado para el cargo de fiscal aprobado por la junta directiva vigente.

1.2 De Los Votantes.

Podrán votar todos los miembros de la Rama cuya membrecía IEEE se encuentre vigente y a paz y salvo al momento de la elección. Los procedimientos oficiales de miembros es la provista por el Comité Electoral.

1.3 Del Comité Electoral.

El Comité Electoral será elegido en Asamblea General, y estará integrado por miembros de la rama que no sean candidatos.

Las Funciones de este Comité son los siguientes:

• Realizar la convocatoria a elecciones y el evento de anuncio de la nueva Junta Directiva.
• Publicar los candidatos.
• Realizar las votaciones.
• Publicar y certificar los resultados.

EL Comité Electoral permanecerá vigente hasta la nueva Junta Directiva sea elegida. Todas las acciones del Comité Electoral deberán contar con la aprobación del consejero.

1.4 De La Elección.

La elección de la nueva Junta Directiva se realizará por voto individual secreto a cada candidato. Es decir, el votante expresará en su papeleta si está de acuerdo o no con la candidatura a las Juntas Directivas que sean propuestas.
En caso de estar en desacuerdo con alguna candidatura, el votante tendrá la opción de poder sugerir a otra persona para el cargo, en base a la relación publicada por el Comité Electoral.

La nueva Junta Directiva es elegida si obtiene la aceptación de una cantidad mayor al 50% del total de miembros en primera convocatoria o la mitad más uno de votantes presentes en segunda convocatoria.

Si una cantidad mayor o igual al 50% de los votantes está en desacuerdo con un candidato(s), entonces la Junta Directiva pondrá una nueva lista remplazando al candidato(s).

En caso de existir veto, se realizarán nuevas convocatorias una semana después en caso de no poder elegirse a la nueva Junta Directiva en el tercer proceso, la Junta Directiva actual elegirá a sus integrantes con la aprobación del Consejero, excluyendo a los candidatos que fueron vetados.

1.5 De Las Causas De Vacantes de cargos en periodos vigentes.

Las causas de vacantes de un cargo de directivos de rama son:

• Muerte o incapacidad física permanente.
• Por decisión del 50% más uno de los directivos vigentes con aprobación del Consejero, por incapacidad en el desempeño de sus funciones o deshonor al cargo.
• Renuncia.
• Dejar de ser alumno regular de la Universidad.

En caso de vacante de un cargo de la Junta Directiva o Comités, éste será ocupado por uno de los estudiantes que sea miembro IEEE.
Su elección será hecha con la aceptación del 50% más uno de la Junta Directiva y la aprobación del Consejero.
En caso que la persona propuesta no alcance la cantidad mínima de votos y / o ningún integrante de la Junta cumpla con los requisitos mencionados, la Junta Directiva se encargará de la elección del reemplazante, quien debe cumplir con dichos requisitos además de ser un miembro activo de la Rama, con aprobación de la Junta y el Consejo.
El Secretario debe informar a las autoridades del IEEE correspondientes y a los miembros de la Rama de la nueva conformidad de los Directivos.

Articulo 2. De Los Presidentes De Los Comités Permanente.

Los Presidentes de los Comité Permanentes serán elegidos por la Junta Directiva al inicio de su gestión.
Deben cumplir con todos los requisitos del cargo y que el 50% más uno de la Junta Directiva este de acuerdo.

SECCIÓN V. DISPOSICIONES FINALES.
Articulo 1. De La Modificación De Los Estatutos.

La Junta Directiva debe procurar que todos los miembros de la Rama tengan conocimiento de los Estatutos en cuanto se inscriben.
Para realizar una enmienda a los presentes Estatutos, la Junta Directiva debe convocar a Asamblea General para informar a los miembros del propósito y contenido de la enmienda. Se convocarán a comicios con un procedimiento similar al mencionado en la Sección IV, 1. Para ser aprobada se requiere, en primera convocatoria, la asistencia de más de la mitad de los miembros. En segunda convocatoria el proceso se realizará con los miembros que asistan. En caso de no ser aprobada la enmienda, la Junta puede iniciar de nuevo el proceso.

Articulo 2. De Los Reglamentos.

La Rama puede adoptar reglamentos que normen aspectos específicos de su actividad, siempre y cuando se adecuen a los presentes Estatutos y a las normas vigentes del IEEE, relacionadas al tema a reglamentarse. Los reglamentos se crean o modifican por acuerdo de la Junta Directiva y con aprobación del Consejero. El secretario deberá hacer de conocimiento de todos los miembros la adaptación o modificación de un reglamentó tan pronto como éste sea aprobado.

Articulo 3. De La Disolución De La Rama.

En caso se disolución o suspensión de la Rama de acuerdo a los reglamentos del IEEE, los bienes se transferirán a la Sección Colombia para su cuidado y supervisión hasta la reactivación de la Rama.

SECCIÓN VI. De los Recursos Económicos.
Articulo 1. De las Posesión Económicas de la Rama IEEE-Cooperativa Seccional Bogotá

Serán recursos económicos de la rama los siguientes:

• Los subsidios y donaciones que se le otorguen a la Rama.
• Las transferencias (Rebates) del IEEE.
• Otros

Artículo 2. Del manejo de los Fondos.

Los Recursos Económicos de la rama, serán manejados por el tesorero vigente.
Los recursos serán usados única y exclusivamente para los gastos y servicios de la rama y que redunden en beneficio de sus miembros.

 
 
Con tu entrada ya son 3329 visitantes en esta página, esperamos pronto tu regreso. ;)
Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
Registrarse gratis